La jueza de Faltas de la provincia Celia Altamiranda dio detalles, en radio La Red, sobre los allanamientos ordenados a personas identificadas como “willeros” a quienes se los acusa de “inobservancia de los mandatos legales y conducción peligrosa” ante los reiterados casos de omisión en los controles policiales y de tránsito.
La medida se comenzó a aplicar, en conjunto por la Justicia de Faltas provincial, el Municipio y la Policía del Chaco, en la ciudad para frenar la presencia de jóvenes motociclistas que salen en “manada” y realizan conducción peligrosa sin respetar las normas de tránsito ni los controles.
“En los procedimientos no encontramos que ninguna de las personas sean menores y, en los del primer día, en dos de los domicilios las personas que eran buscadas eran menores de 18 años de edad, la moto fue secuestrada y ya comparecieron los padres al Juzgado a hacerse cargo”, explicó la magistrada sobre los casos en los que los conductores identificados fueron menores de edad.
Altamirano remarcó que “se tuvo que llegar a estos procedimientos extremos porque la gente ya ni siquiera para en los controles y, si los tienen que atropellar a los que controlan, lo hacen; un libertinaje que preocupa”.
“Demandó mucho tiempo y la policía de Investigaciones Complejas hizo un trabajo que es de destacar, eso me aportó el material para que pueda abrir la causa y esto fue lo primero. Los allanamientos fueron la punta del ovillo, ahora sigue lo demás”, sostuvo y recalcó que “esto tiene que servir para llamar a la reflexión de que hay cosas que no se pueden y no se deben hacer”.
Comentó además que las “motos que se secuestraron son con escapes libres, algunas muy importantes y bastante preparadas para todo este llamado de atención que hacen”. Incluso señaló que la mayoría no cuenta con las documentaciones correspondientes.
“Por ahora, estas personas están siendo imputadas por dos artículos del Código de Faltas, el 44 de la inobservancia de los mandatos legales y el 96 de conducción peligrosa; el 44 prevé como pena el arresto de hasta 30 días o multa de hasta cinco salarios mínimos vital y móvil y el artículo 96 es similar, arresto de hasta 30 días o multa de hasta seis salarios mínimos vital y móvil. En caso de comprobarse las dos faltas, se puede hacer un concurso entre faltas y aplicarse la que prevé la pena mayor sería la conducción peligrosa”, planteó sobre las sanciones-.
No obstante, la jueza señaló que “no es la idea sancionar a alguien que no tenga posibilidad de pago para que, en definitiva, termine preso porque se prevé la transformación ante la falta de pago de la multa en arresto, así que hay un abanico de posibilidades dentro del Código de Faltas, que si alguien lo plantea lo podemos considerar, como es una conversión en tareas comunitarias, dejar en suspenso la aplicación de un arresto, hay muchas cosas pero todo es objeto de análisis y depende de cada caso”, acotó.