El Poder Judicial del Chaco emitió este lunes un recordatorio clave para todos sus integrantes sobre la vigencia de la Resolución N.º 961/2025. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) subrayó que la incorporación de herramientas de Inteligencia Artificial en el ámbito laboral no es libre, sino que está sujeta a un estricto protocolo de autorización expresa.
Responsabilidad exclusiva de los magistrados
Uno de los puntos más firmes del comunicado indica que toda solicitud de autorización debe ser realizada exclusivamente por el juez o titular de la dependencia, sin excepción alguna. Esta medida busca centralizar la responsabilidad funcional que implica el uso de estas tecnologías en la administración de justicia.
Para que el uso sea habilitado, la solicitud debe cumplir con dos requisitos técnicos específicos:
- Identificación de hardware: Se debe precisar en qué CPU se habilitará la herramienta.
- Identificación de personal: Se debe detallar qué personas estarán autorizadas para su manipulación.
Herramientas permitidas y prohibiciones
El STJ fue taxativo al enumerar cuáles son las plataformas aprobadas bajo la Guía vigente. Cualquier aplicación que no figure en este listado queda expresamente excluida de las tareas judiciales:
| Herramientas Autorizadas | Estatus |
| ChatGPT | Aprobada bajo protocolo |
| Gemini | Aprobada bajo protocolo |
| Notebook | Aprobada bajo protocolo |
| Copilot | Aprobada bajo protocolo |
| Otras aplicaciones | PROHIBIDAS |
El objetivo: Seguridad y Ética
Desde el máximo tribunal provincial explicaron que estas restricciones no buscan frenar la innovación, sino “garantizar un uso seguro, responsable y conforme a los principios que rigen la función judicial”.
La resolución busca evitar filtraciones de datos sensibles y asegurar que la IA actúe como un soporte controlado y no como un reemplazo de la responsabilidad humana en las sentencias y trámites procesales.
